viernes, 6 de mayo de 2016

DE LA TÉCNICA GRÁFICA JURÍDICA

   Aquí pretendo mencionar algunos consejos que pueden resultar útiles para la redacción de escritos judiciales. Se trata de aquellos aspectos que no deben ser ignorados para decorar el argumento. No es cuestión de escribir bien para ganar, pues los casos están ganados o perdidos dependiendo de variables que poco tienen que ver con la escritura y su técnica, sino de representar lo que constituye la buena forma de traducir argumentos jurídicos.

   Hay dos criterios rectores a la hora de sentarse frente al ordenador a redactar un escrito judicial: ser simple y ser claro. El resto no son sino desprendimientos o desmembraciones de tales premisas.

   La simpleza se refiere al modo de compilar las ideas centrales del argumento que habremos de sostener. Sería la parte más formal de la forma, pues el fondo es ajeno a esta entrada y se halla compuesto por otras cuestiones (Vgr. certeza sobre los hechos, pruebas de éstos, etc.). Cuando se redacta un escrito judicial hay que evitar hartar al lector.
   ¿Cómo se lo harta?: Pues con párrafos extensos, por ejemplo. Los párrafos, según la buena técnica gráfica, son separadores de ideas o posiciones, de tal manera que cada uno de ellos forma un todo en sí mismo con relativa independencia de los restantes. No es recomendable mezclar ideas en un mismo párrafo pero tampoco estaría mal separar uno, que es muy extenso, de otro inmediato posterior, siempre que la forma de "cortarlo" sea la indicada.
    Tampoco suele recomendarse utilizar frases interminables con términos de nunca acabar o comas que no permiten distinguir la idea central de la secundaria. Dentro del mismo párrafo debiera haber un texto independiente y en su interior se gestarán frases que deben ser concisas. Cada vez que haya una premisa vinculada al asunto del párrafo que sea distinta de la anterior, así su diferencia sea mínima, deberá marcarse un punto seguido. Las comas y términos son útiles cuando la frase lo merezca, eso sí, sin abusar de ellos.


    La claridad es el aspecto más sustantivo de lo formal, aquello que abarca las expresiones utilizadas para plasmar el argumento del escrito.
    Un error común es utilizar palabras complejas o en desuso. Recuerdo que me han dicho que los escritos deben ser redactados de tal forma que un niño de nivel primario pueda entenderlo. Dejando de lado la ridiculez que habría de surgir de una interpretación literal de tal premisa, no cabe perderse la idea central: quien lee el escrito, usualmente un practicante cursando la carrera u oficiales de tercera o cuarta categoría, no debería necesitar un diccionario a su lado para buscar palabras cuyo uso social habitual es ínfimo. Entre la decoración que surge de la utilización de palabras que denotan la avidez del abogado por la lectura y el lenguaje vulgar, hay amplios grises. Es en estas zonas de la gráfica donde el escritor habrá de posicionarse.
    Debe evitarse ser reiterativo. Las cosas deben decirse sólo una vez y no repetirse, si han de ser repetidas es porque no se dijeron correctamente. El énfasis que pretende dejarse impreso al repetir una frase es más propio de la escritura periodística que de la jurídica.
   No hay que incluir aspectos jurídicamente irrelevantes. Si bien es una verdad de perogrullo, habrá de decirse lo que al derecho es atinente. Si se demanda por un accidente de tránsito de nuestro cliente, poco importará a dónde éste se dirigía: si iba a su hogar o a un burdel, lo que debe describirse es el hecho jurídico del que surgirá la responsabilidad del conductor, del titular del vehículo y la citación en garantía de la aseguradora. Distinto sería el caso en que, en el ejemplo citado, el destino del perjudicado sea útil en algún tópico de la acción como, por ejemplo, si iba a su hogar para festejar el cumpleaños de su esposa y por el accidente no pudo hacerlo.
   Es aberrante escupir jurisprudencia. Es usual que el letrado copie sectores pertinentes de un precedente judicial al mejor estilo "Copy and Paste", casi derramando aquello que se ha resuelto sobre el escrito que redacta. Rompe la armonía, no ya jurídica sino lógica, leer una presentación que viene relatando perfectamente los hechos y de forma inmediata, generalmente en cursiva y negrita, trasluce la opinión de un magistrado en su sentencia. Lo importante no es lo que se resolvió sino lo que se está preparando y aquello cobra sentido en la medida que sea adaptable al caso concreto. Las premisas de un fallo, con un criterio estrictamente personal, deben ser amalgamadas a la situación particular, explicando por qué, en qué y cómo se aplican a éste último. No se trata de ser redundante o tratar al juez como un idiota que no sabrá guiarse si no se le explica la vinculación entre la situación material actual y lo ya resuelto, sino de respetar las reglas mínimas de la lógica argumental.


   En esta entrada he dado algunos humildes consejos sobre la redacción jurídica. En mi caso particular no siempre los respeto ni estoy de acuerdo con ellos. Considero que la forma de escribir es lo más cercano a la expresión espiritual de un individuo: uno es lo que escribe o cómo escribe. Quien lea esto y sienta que no cumple muchos consejos pero está cómodo con su forma de expresarse, es alentado a mantener aquello que lo hace especial.